En la actualidad todo propietario tiene la posibilidad a acceder a tres tipos de programas claramente diferenciados en función del objeto y finalidad. En la entrada de este Blog vamos a detallar cada uno de ellos, su objeto y cuantía. Como punto de partida, comentar que estas ayudas para la rehabilitación son los pilares sobre los que se articula el plan de rehabilitación integral residencial dotado con 3.420 millones de euros e incluido en la inversión 1 del componente 2 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR): Implementación de la Agenda Urbana española: Plan de rehabilitación y regeneración urbana.
Programa 3 – Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel edificio
Estas ayudas financiarán las actuaciones encaminadas a la obtención de una mejora acreditada de la eficiencia energética en edificios de tipología residencial colectiva y en viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas, con especial atención a la envolvente edificatoria (fachadas y cubierta) que separa el interior del edificio del exterior.
Las actuaciones de rehabilitación en los edificios residenciales y viviendas unifamiliares deben mejorar la eficiencia energética por lo que se debe acreditar una:
- Reducción de al menos el 30% del consumo energía primaria no renovable, referida a la certificación energética.
- Reducción de la demanda de energía global anual de calefacción y refrigeración de:
- un 35% en zonas climáticas D y E.
- un 25% en zona climática C.
Los edificios históricos o protegidos oficialmente por su valor arquitectónico no tendrán que cumplir con la reducción de demanda establecida para las actuaciones sobre la envolvente térmica. Asimismo, los edificios en los que hayan llevado a cabo intervenciones de mejora de la eficiencia energética en los últimos cuatro años y que hayan conseguido importantes mejoras en el consumo de calefacción y refrigeración, tampoco tendrán que alcanzar los umbrales fijados de reducción de demanda.
¿Y cuáles son las cuantías de las ayudas en este programa? Partiendo siempre de una reducción de la demanda de calefacción y/refrigeración según se comentaba anteriormente, nos situaremos en un rango u otro de ayuda dependiendo de la reducción del consumo energía primaria no renovable (cepnr) que alcancemos. Así pues tenemos que:
- Si logramos una reducción en el cepnr de entre el 30% y el 45%, obtendremos una subvención del 40% de los costes, con un máximo de 6.300 Euros.
- Si logramos una reducción en el cepnr de entre el 45% y el 60%, obtendremos una subvención del 65% de los costes, con un máximo de 11.600 Euros.
- Si logramos una reducción en el cepnr de al menos el 60%, obtendremos una subvención del 80% de los costes, con un máximo de 18.800 Euros.
- Hasta 1.000€ por vivienda o 12.000€ por edificio adicionales para retirada de elementos como amianto
Te dejamos toda la información relevante al respecto por si todavía tienes alguna duda: https://www.mitma.gob.es/ministerio/proyectos-singulares/prtr/vivienda-y-agenda-urbana/programa-de-ayuda-las-actuaciones-de-rehabilitacion-nivel-de-edificio
Programa 4 – Programa de ayuda a actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas
El programa a nivel vivienda tiene como objeto financiar actuaciones u obras de mejora de la eficiencia energética de las viviendas que constituyan el domicilio habitual y permanente de los propietarios, usufructuarios o arrendatarios, ya sean viviendas unifamiliares o pertenecientes a edificios plurifamiliares.
El programa financiará actuaciones que consigan una reducción de al menos el 7% de la demanda energética de calefacción y refrigeración, rebajar el consumo de energía primaria no renovable un 30% o la sustitución de elementos constructivos de la fachada (envolvente térmica), como el cambio de ventanas.
El importe de la subvención será del 40% del coste de la actuación con un límite de 3.000 euros por vivienda. El coste mínimo de cada actuación ha de ser igual o superior a 1.000 euros por vivienda.
Aquí es importante resaltar que los destinatarios últimos de este programa podrán compatibilizar estas ayudas con las del programa de actuaciones de rehabilitación a nivel de barrios (que lo hablaremos en otra entrada del blog más adelante) o con las del programa de rehabilitación integral de edificios (Programa 3 anteriormente explicado), siempre y cuando quede acreditado que no se subvenciona el mismo coste. Asimismo, las subvenciones serán compatibles con cualesquiera otras ayudas públicas para el mismo objeto, siempre que no se supere el coste total de las actuaciones y no se destinan a abonar los mismos gastos.
Programa 5 – Programa de ayuda a la elaboración del libro del edificio existente y redacción de proyectos rehabilitación
El objetivo de la iniciativa es subvencionar la implantación y generalización del Libro del Edificio existente, así como el desarrollo de proyectos técnicos de rehabilitación integral en edificios finalizados antes del año 2000, cuyo uso predominantemente sea vivienda y que al menos un 50% de la superficie construida sobre rasante, excluyendo la planta baja, se destine a vivienda. Así, se subvencionarán parte de los gastos de honorarios profesionales para la emisión del libro, así como el desarrollo de proyectos técnicos de rehabilitación integral de edificios.
El plan de actuaciones deberá incluir específicamente medidas que permiten alcanzar:
- Un ahorro en consumo de energía primaria no renovable superior al 30 %, indicando ahorro estimado en cada caso.
Las actuaciones que obtengan subvención de este programa habrán de estar finalizadas antes de 30 de junio de 2026.
Las cuantías de las ayudas dependerán del número de viviendas del edificio, y podrán alcanzar hasta 3.500 euros por libro del edificio existente y hasta 30.000 euros por proyecto de rehabilitación. Se concederán a través de convocatorias públicas de las diferentes CCAA.
Os dejamos en detalle de las cuantías en función de tipología de vivienda: https://www.mitma.gob.es/ministerio/proyectos-singulares/prtr/vivienda-y-agenda-urbana/programa-de-ayuda-la-elaboracion-del-libro-del-edificio-existente-para-la-rehabilitacion-y-la-redaccion-de-proyectos-de-rehabilitacion
Estos son, básicamente, los 3 programas relevantes a tener en cuenta si tienes pensando comenzar algún tipo de actuación en tu vivienda o edificio. Para cualquier pregunta no dudes en contactar con nuestros especialistas: https://impulsavivienda.com/contacto/