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Beneficios fiscales de la rehabilitación de tu vivienda

Beneficios fiscales de la rehabilitación de tu vivienda

    beneficios fiscales

    En la presente entrada de nuestro blog os hablaremos de los beneficios fiscales de la rehabilitación de tu vivienda.

    Antecedentes

    En el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia las autoridades españolas se han marcado unos objetivos muy ambiciosos de rehabilitación de viviendas para mejora energética, apuntando como objetivo a la cifra de 510.000 actuaciones realizadas para el año 2026.

    Para alcanzar tales objetivos se han implementado una serie de ayudas directas, subvenciones reguladas en el Real Decreto 853/2021, pero también indirectas, consistentes en desgravaciones fiscales reguladas en el Real Decreto Ley 19/2021. En esta entrada de blog haremos un resumen de las ventajas fiscales que te producirá rehabilitar tu vivienda como parte de estas ayudas indirectas…

    Base imponible

    Lo primero que debes saber es que el importe de la subvención no se integra en la base imponible. ¿Pero, esto qué quiere decir?. Básicamente la ley nos dice que estas ayudas directas están exentas de su tributación, o lo que es lo mismo, no pagas impuestos por ellas. 

    Deducciones

    Adicionalmente, se contemplan una serie de deducciones en función de los ahorros energéticos producidos en la intervención de rehabilitación. Estas deducciones empiezan desde el 20% pudiendo llegar al 60% en función de diferentes requisitos que detallamos a continuación: 

    Elementos de la deducciónDeducción por reducción demanda calefacción y refrigeraciónDeducción por mejora de consumo energía primaria no renovableDeducción por mejora energética de edificios residenciales
    Requisito obraReducción demanda ≥ 7%Reducción consumo energía no renovable ≥ 30% o mejora energética a clase A o BReducción consumo energía no renovable ≥ 30% o mejora energética a clase A o B
    Certificado energético  antes del inicioMenos de 2 años antesMenos de 2 años antesMenos de 2 años antes
    Certificado energético después de obraAntes de 01/01/23 Antes de 01/01/23Antes de 01/01/24
    ViviendasHabitual y arrendada para vivienda habitual (alquilada antes 31/12/23). Exclusión de anejos como garaje o trastero. No parte afecta a actividades económicasHabitual y arrendada para vivienda habitual (alquilada antes 31/12/23). Exclusión de anejos como garaje o trastero. No parte afecta a actividades económicasViviendas en edificios predominantemente residenciales, asimilándose los anejos adquiridos con ellas. No parte afecta a actividades económicas
    ContribuyentePropietarioPropietarioPropietario
    Base deducciónCantidades satisfechas desde 6/10/21 a 31/12/22, excluidas subvenciones y pagos en efectivoCantidades satisfechas desde 6/10/21 a 31/12/22, excluidas subvenciones y pagos en efectivoCantidades satisfechas desde 6/10/21 a 31/12/23, excluidas subvenciones y pagos en efectivo
    Base máxima deducción5.000€/año7.500€/año5.000€/año sin que supere en total 15.000€
    Porcentaje de deducción20%40%60%
    Momento de deducirAño expedición certificadoAño expedición certificadoAño expedición certificado

    Ejemplo práctico

    ¿Crees que cumples con alguno de estos requisitos?. Estás de enhorabuena porque te podrás beneficiar de dichas deducciones más allá de la ayuda directa que te lleguemos a conseguir para tu rehabilitación de vivienda. Eso sí, tienes que tener en cuenta que la base de dicha deducción se determinará siempre descontando la ayuda ya recibida. 

    Te ponemos un ejemplo: 

    *Fuente: Guía sobre desgravaciones fiscales para rehabilitación de viviendas y edificios residenciales del Consejo Superior de los Colegios de Arquitectos de España que puedes consultar pinchando aquí

    Esperemos haberos arrojado un poco de luz sobre los beneficios fiscales de la rehabilitación de tu vivienda, pero si tienes alguna duda más contacta con nosotros